El verano ya ha llegado y todos hemos hecho ya el cambio de armario. Bermudas, vestidos, bañadores, sandalias y chanclas son la vestimenta preferida en esta época estival, pero ojo con la ropa y el calzado que utilizas para conducir, amigo, ya que conducir con chanclas o en bañador te puede resultar caro.
En realidad en el Reglamento General de Circulación no existe ninguna norma que prohíba conducir descalzo o con chanclas, así como tampoco existe restricción alguna en cuanto a la vestimenta que el conductor debe llevar en el vehículo. Pero si un agente de tráfico te para y ve que conduces con chanclas, descalzado o en bañador te puede multar, ya que podría interpretar que estás incumpliendo el artículo 17 y 18 de la Ley de Seguridad Vial y te podría sancionar hasta con 200 euros de multo, en función del criterio del agente. A modo de ejemplo, conducir con chanchas, descalzo o en bañador es equivalente a manipular el móvil o un reproductor de vídeo o DVD en marcha.